El Consejo Ejecutivo de esta Superintendencia resolvió a través de la Resolución Nº 5486 que a partir de Agosto se reconocerá el 50% del gasto en medicamentos fuera del formulario terapéutico del IOMA que cuenten con descuentos de laboratorio, de farmacia o de recetario solidario, excluyendo los medicamentos de venta libre.

Para acceder al beneficio se deberá presentar órdenes médicas, recetarios o troqueles originales y, en caso de que la farmacia debiera quedarse con ellos, se podrán presentar para el reintegro las correspondientes fotocopias. Respecto del ticket de compra siempre se deberá presentar su original, conforme normas de AFIP.

Es importante resaltar que el reintegro se inicia por la Sección Asistencia Social y que se generará un expediente, siendo la División Auditoría Médica la que otorgue su disposición. Es decir, que el reintegro no es de manera inmediata.