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Traslado en ambulancia con cobertura del IOMA

Se reconoce el porcentaje dispuesto y actualizado por resolución del Consejo Ejecutivo, vigente al momento del inicio del trámite, de la diferencia no cubierta por el IOMA. La solicitud se realiza por vía ordinaria, pero la cobertura debe ser autorizada por disposición de la Dirección de Prestaciones, previo informe de la Auditoría Médica.

Requisitos

  • Fotocopias de toda la documentación presentada ante el IOMA (orden médica, historia clínica, presupuesto o factura, etc.), certificadas con firma y sello de personal autorizado de dicho instituto.
  • Fotocopias certificadas por el IOMA con firma y sello de personal autorizado de la resolución y de la liquidación de dicho instituto, o constancia de reintegro.

Traslados en ambulancia programados

La Superintendencia de Servicios Sociales ofrece traslados programados con un mínimo de 48 horas de anticipación, siempre que no se posea cobertura de otro organismo. No se incluyen urgencias ni traslados de cadáveres, y el servicio se efectúa en ambulancias de baja complejidad, sin médico. La espera en el destino no podrá exceder las dos horas y el paciente deberá ser acompañado por un familiar o una persona allegada, mayor de edad en ambos casos.

Dirección de Delegaciones y Logística

Sección Servicios de Ambulancias y Traslado de Afiliados

(221) 423-1908/12/43 | (221) 423-0671

Calle 6 Nº 1521 e/ 63 y 64, La Plata o en la delegación o subdelegación de la jurisdicción del afiliado

Requisitos

  • Orden médica con diagnóstico en la que se aclare si el móvil debe ser de alta o de baja complejidad, y se especifiquen día y horario, origen y destino, la posibilidad de que el traslado se realice sin médico y la imposibilidad del paciente de deambular.
  • En caso de traslados en ambulancias de alta complejidad con médico, se debe presentar la orden médica con el diagnóstico en la que conste el tipo de móvil requerido, el médico derivante y el profesional receptor.
  • En caso de que el paciente concurra a rehabilitación, deben dejarse establecidos los días y los horarios en los que asista al tratamiento y la duración de éste. En tratamientos prolongados, los traslados deben solicitarse primero al IOMA y luego ante esta Superintendencia, si fueran denegados.