Ante la necesidad de brindar una cobertura en medicamentos equitativa para todos los afiliados y concordante con las necesidades interpuestas, la Superintendencia de Servicios Sociales modifica la composición y distribución del beneficio entre los diferentes grupos etáreos. Se mantienen los montos de reconocimiento pero se incorporan todas las modalidades de medicamentos dentro del cupo establecido, que son Reconocidos por IOMA, No reconocidos por IOMA, Uso Normatizado y Venta libre con reconocimiento de IOMA, quedando excluidos aquellos medicamentos de venta libre que no cuenten con un reconocimiento del IOMA. En el caso de los afiliados Retirados, Jubilados y Pensionados, tendrán que adquirir los medicamentos no incluidos en IOMA de manera particular ya que no pueden ser incluidos en la dispensa de manera automática, y posteriormente solicitar el reintegro en la Delegación de Servicios Sociales a la cual pertenezca, munidos de la indicación médica en original, los troqueles respectivos originales y el ticket factura correspondiente.

Es importante mencionar que aquellas disposiciones ya otorgadas se mantendrán hasta su vencimiento y posteriormente no podrán ser renovadas, con excepción de patologías que por sus condiciones lo ameriten, previa solicitud y respuesta del IOMA.