Renovación del Convenio Marco de Servicio Integral de Prestación Fúnebre
La Superintendencia de Servicios Sociales lleva a conocimiento de todos sus afiliados que por Res.1749.2021 se ha renovado el Convenio Marco de Servicio Integral de Prestación Fúnebre, a partir del 1° de julio de 2021 y por el término de 6 meses. La modalidad que se mantiene es de Pago al Prestador, por la suma de $60.000 por Sepelio y cremación si correspondiere. Como fue establecido, las Empresas contarán con la nueva nota de Conformidad que deberá ser rubricada por el Afiliado o familiar según corresponda, vigente para decesos acontecidos a partir del 1° de julio de 2021.
La nómina de empresas prestatarias de servicio fúnebre, a las cuales el afiliado podrá recurrir dentro del radio de la ciudad de La Plata, con los cuales actualmente rige un Convenio de Prestación Fúnebre, a fin de brindarle la cobertura del servicio de sepelio y/o cremación, para los casos de fallecimiento de titular, familiares a cargo (cónyuge o conviviente, hijo/a, nasciturus, padre o madre y menor con tutela). Dichas empresas son:
- Sepelios Alvear: calle 49 n° 838 (e/12 y diag.74)
- Ruiz e Hijos: calle 39 n° 540 (e/5 y 6)
- Transporte Privado del Plata: calle 1 n° 200 (esq.530)
- Casa Aval Sepelios: calle 35 bis n° 243 (Ensenada)
Para consultar acerca de las empresas adheridas al Convenio de Prestación Fúnebre, en las diferentes localidades dentro de la pcia. de Buenos Aires, se podrá solicitar información en cada Delegación o Subdelegación.
Nota: El Convenio de Prestación Fúnebre se encuentra abierto para todos aquellos prestadores de servicios fúnebres que quieran adherirse. Por esta razón la nómina de prestadores podrá variar.
Requisitos generales
- Nota de solicitud
- Acta de defunción
- Recibo de haberes
- DNI, CUIL y CBU
- Factura de los gastos efectuados
Requisitos específicos
- Acta de matrimonio
- Acta de unión convivencial
- Acta de nacimiento
- Declaración jurada
- Otra documentación específica según el tipo de trámite
Nota: En todos los casos la documentación será legalizada y actualizada por la autoridad competente. Las declaraciones juradas serán certificadas por dos testigos.
Los beneficios incluídos en cada servicio son los siguientes:
- Servicio de furgón sanitario o ambulancia para traslado de los restos a la casa velatoria dentro de un radio de 60 kilómetros.
- Sala velatoria o capilla ardiente en domicilio – dentro del partido correspondiente a la casa velatoria.
- Azafata en sala.
- Provisión de ataúd para tierra, panteón o cremación, lustrado de color caoba o nogal oscuro, con funda y blonda interior, puntilla perimetral, herrajes imitación plata vieja con ocho manijas de fundición, placa identificatoria o símbolos religiosos.
- Provisión de caja metálica (cuando corresponda).
- Provisión de sudario o mortaja de tela.
- Servicio de traslado: un vehículo porta corona, un vehículo fúnebre para traslado del féretro, dos vehículos de acompañantes de familiares.
- Traslado del cortejo desde el lugar del velatorio hasta el Cementerio o Crematorio local.
- Servicio religioso si así lo requieren los deudos.
- Provisión de tarjetas de ubicación del lugar de inhumación o cremación.
- Trámites administrativos (Registro civil, Cementerio o Crematorio).